1. Animales especie canina / felina, destinados a compañía o vigilancia.
2. Según normativa comunitaria u ordenanzas municipales (ubicación del animal) será preciso que este censado e identificado por el número de microchip.
3. Que se encuentren en perfecto estado de salud y sin ningún daño o incapacidad física.
4. Sean de propiedad del asegurado
5. Se empleen exclusivamente para usos o destinos indicados en las condiciones particulares.
6. Debe haber cumplido el calendario de vacunaciones oficiales del animal. O las necesarias exigidas por las autoridades sanitarias.
7. No son asegurables animales de edad inferior a tres meses cumplidos o superior a 9 años cumplidos, en el año de suscripción.
8. Para la Garantía de Asistencia veterinaria por enfermedad y de muerte del animal por enfermedad se excluye animales con edad inferior a 3 meses, y con más de 7 años.